La exmayor Adriana Herrera acusada de deserción obtuvo suspensión de plano; Sedena no ha cumplido

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La abogada militar Adriana Herrera, quien fue mayor de Justicia Militar y fue dada de baja de la Secretaría de la Defensa, acusada de deserción en el 2022 –pese a que formaba parte de la Guardia Nacional (GN)–, informó que durante abril obtuvo una suspensión de plano, la cual, pese a que fue notificada hace tres meses a la Secretaría, no ha sido cumplida.

“Se le notificó el 3 de abril a la Secretaría de la Defensa para efecto de que, la ley de amparo señala que una vez que te notifican suspensión, la autoridad tendría que cumplirla inmediatamente, llevamos tres meses y la Secretaría de la Defensa no ha cumplido”, afirmó en entrevista para Aristegui En Vivo.

En marzo del 2020, Adriana Herrera se incorporó a la Dirección de Vinculación Ciudadana de la Unidad para la Protección de Derechos Humanos de la GN, luego de contar con más de 23 años de trabajo en el Ejército Mexicano.

La dirección que dirigió era la encargada de apoyar a civiles que son víctimas de uso excesivo de la fuerza o de violaciones graves a derechos humanos, pero tras ayudar a tres personas en este tipo de casos, la Unidad de Vinculación Ciudadana (Univic) de la Sedena, intervino en el cuarto, para evitar que se cumpliera a cabalidad con la misión de apoyar a un joven que perdió un ojo tras recibir un disparo de elementos de la Guardia Nacional.

Ante el desacuerdo de Herrera, ella fue retirada de su cargo en la Guardia y reincorporada a las filas de la Sedena para ser asignada como Ministerio Público Militar en Reynosa, Tamaulipas, considerada una región de alta peligrosidad, destacando que se trataba de una forma de castigo muy común entre los militares.

Al no acatar dicha instrucción fue dada de baja y acusada de deserción, por lo que cuatro años después aún se enfrenta a un litigio.

Herrera argumentó que pese al debate que existió referente a que la Guardia Nacional sería una institución civil, alejada de la Sedena, esta secretaría tenía su mando operativo.

“Me di cuenta con eso también que de alguna manera no habíamos pasado, como señalaba la reforma Constitucional que decía que el personal de origen militar pasaba separado funcionalmente de su institución de origen castrense. Esto fue justamente para evitar que el personal que pasara asignado a la Guardia Nacional de origen militar, no tuviera que ver nada con el mando militar, ni con las órdenes militares, ni con el fuero militar, sino que se sujetaba a una disciplina civil”, explicó.

Aseguró que esto no fue respetado, ya que ella fue removida por el Secretario de la Defensa, quien no tenía las atribuciones para hacerlo.

“Yo analicé la reforma e interpuse además un escrito directamente al Secretario de la Defensa (…) y además interpuse un amparo, un aparo indirecto, señalando como acto reclamado esta orden de remoción porque la reforma dice que pasamos separados funcionalmente de nuestra institución de origen, entones el Secretario de la Defensa careció de facultades para tener control administrativo sobre ese personal que ya no estaba en el activo de la Sedena, sino que pasa a formar parte del activo de la Guardia Nacional”, apuntó.

“El juez de amparo, desconociendo todo este tema que al principio fue un poco de confusión, me niega la suspensión diciendo que el Secretario de la Defensa tenía facultades para poder controlar administrativamente al personal militar, entonces me niega la suspensión, sigue su curso el amparo, sigue su curso el trámite militar, no llegamos a un acuerdo”, aseveró.

Explicó que ella nunca se incorporó a Reynosa porque si lo hubiera hecho sería un acto consentido, pero al no presentarse la acusaron de deserción, se le integró una carpeta de investigación y se le giró una orden de aprehensión.

Foto: Archivo Cuartoscuro

Explicó que si una persona militar pasa tres meses sin atender a la orden de captura, es dada de baja del activo militar y pierde todos sus derechos, en su caso, con 23 años de servicio, ya contaba con derechos de seguridad social de forma vitalicia.

Sostuvo que el juez nunca entró al fondo del caso, pues el argumento principal para negarle la suspensión fue que la firma del amparo no se parecía a la de ella, por lo que el juicio se centró en ello durante tres años y finalmente lo perdió.

“En enero interpongo otro juicio de amparo, obviamente que cuando tú señalas un acto reclamado tú tienes 15 días para interponer el amparo, en este caso ya había rebasado por mucho los 15 días”, agregó.

Señaló que en el artículo 15 de la ley de amparo señala que este recurso puede ser interpuesto en cualquier tiempo cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos, como son que pongan en peligro la libertad, la vida, la confiscación de bienes, la mutilación y la incorporación forzosa a las fuerzas armadas.

“Interpongo un nuevo juicio de amparo, señalando como acto reclamado la remoción de la Guardia Nacional a las fuerzas armadas permanentes, equiparable a una incorporación forzosa a las fuerzas armadas porque cuando pasé asignada a la guardia, pasé separada funcionalmente de mi institución armada de origen”.

Durante abril, Herrera consiguió que se le brindara una suspensión de oficio, la cual señala actos anticonstitucionales.

Foto: Archivo Cuartoscuro

“Cuando tú señalas como un acto reclamado un acto inconstitucional, o sea que va en contra de la Constitución, pues entones es una suspensión provisional, tú la solicitas, hay un desahogo de todo el proceso, pero la suspensión de plano, es cuando los actos son anticonstitucionales, cuando son contrarios a la ley y que implican una conducta ilícita”, explicó.

La ex mayor militar señaló que, en este caso, la sujeción al fuero de guerra cuando tenía carácter civil generó la suspensión.

“No hay nada que lo vuelva, ni el paso del tiempo, ni nada que lo vuelva lícito, entonces el juez dice, no tienes que esperarte a una sentencia de tres meses, un año, dos años, porque es algo que es anticonstitucional y no va a adquirir su licitud con el paso del tiempo”, añadió.

Adriana Herrera sostuvo que tiene la certeza de que el juez que lleva el caso actuará conforme a derecho y sin consigna para que pueda seguir confiando en el Poder Judicial, ante la negativa de la Sedena de atender la suspensión.

Ve la entrevista completa:

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La exmayor Adriana Herrera acusada de deserción obtuvo suspensión de plano; Sedena no ha cumplido

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La abogada militar Adriana Herrera, quien fue mayor de Justicia Militar y fue dada de baja de la Secretaría de la Defensa, acusada de deserción en el 2022 –pese a que formaba parte de la Guardia Nacional (GN)–, informó que durante abril obtuvo una suspensión de plano, la cual, pese a que fue notificada hace tres meses a la Secretaría, no ha sido cumplida.

“Se le notificó el 3 de abril a la Secretaría de la Defensa para efecto de que, la ley de amparo señala que una vez que te notifican suspensión, la autoridad tendría que cumplirla inmediatamente, llevamos tres meses y la Secretaría de la Defensa no ha cumplido”, afirmó en entrevista para Aristegui En Vivo.

En marzo del 2020, Adriana Herrera se incorporó a la Dirección de Vinculación Ciudadana de la Unidad para la Protección de Derechos Humanos de la GN, luego de contar con más de 23 años de trabajo en el Ejército Mexicano.

La dirección que dirigió era la encargada de apoyar a civiles que son víctimas de uso excesivo de la fuerza o de violaciones graves a derechos humanos, pero tras ayudar a tres personas en este tipo de casos, la Unidad de Vinculación Ciudadana (Univic) de la Sedena, intervino en el cuarto, para evitar que se cumpliera a cabalidad con la misión de apoyar a un joven que perdió un ojo tras recibir un disparo de elementos de la Guardia Nacional.

Ante el desacuerdo de Herrera, ella fue retirada de su cargo en la Guardia y reincorporada a las filas de la Sedena para ser asignada como Ministerio Público Militar en Reynosa, Tamaulipas, considerada una región de alta peligrosidad, destacando que se trataba de una forma de castigo muy común entre los militares.

Al no acatar dicha instrucción fue dada de baja y acusada de deserción, por lo que cuatro años después aún se enfrenta a un litigio.

Herrera argumentó que pese al debate que existió referente a que la Guardia Nacional sería una institución civil, alejada de la Sedena, esta secretaría tenía su mando operativo.

“Me di cuenta con eso también que de alguna manera no habíamos pasado, como señalaba la reforma Constitucional que decía que el personal de origen militar pasaba separado funcionalmente de su institución de origen castrense. Esto fue justamente para evitar que el personal que pasara asignado a la Guardia Nacional de origen militar, no tuviera que ver nada con el mando militar, ni con las órdenes militares, ni con el fuero militar, sino que se sujetaba a una disciplina civil”, explicó.

Aseguró que esto no fue respetado, ya que ella fue removida por el Secretario de la Defensa, quien no tenía las atribuciones para hacerlo.

“Yo analicé la reforma e interpuse además un escrito directamente al Secretario de la Defensa (…) y además interpuse un amparo, un aparo indirecto, señalando como acto reclamado esta orden de remoción porque la reforma dice que pasamos separados funcionalmente de nuestra institución de origen, entones el Secretario de la Defensa careció de facultades para tener control administrativo sobre ese personal que ya no estaba en el activo de la Sedena, sino que pasa a formar parte del activo de la Guardia Nacional”, apuntó.

“El juez de amparo, desconociendo todo este tema que al principio fue un poco de confusión, me niega la suspensión diciendo que el Secretario de la Defensa tenía facultades para poder controlar administrativamente al personal militar, entonces me niega la suspensión, sigue su curso el amparo, sigue su curso el trámite militar, no llegamos a un acuerdo”, aseveró.

Explicó que ella nunca se incorporó a Reynosa porque si lo hubiera hecho sería un acto consentido, pero al no presentarse la acusaron de deserción, se le integró una carpeta de investigación y se le giró una orden de aprehensión.

Foto: Archivo Cuartoscuro

Explicó que si una persona militar pasa tres meses sin atender a la orden de captura, es dada de baja del activo militar y pierde todos sus derechos, en su caso, con 23 años de servicio, ya contaba con derechos de seguridad social de forma vitalicia.

Sostuvo que el juez nunca entró al fondo del caso, pues el argumento principal para negarle la suspensión fue que la firma del amparo no se parecía a la de ella, por lo que el juicio se centró en ello durante tres años y finalmente lo perdió.

“En enero interpongo otro juicio de amparo, obviamente que cuando tú señalas un acto reclamado tú tienes 15 días para interponer el amparo, en este caso ya había rebasado por mucho los 15 días”, agregó.

Señaló que en el artículo 15 de la ley de amparo señala que este recurso puede ser interpuesto en cualquier tiempo cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos, como son que pongan en peligro la libertad, la vida, la confiscación de bienes, la mutilación y la incorporación forzosa a las fuerzas armadas.

“Interpongo un nuevo juicio de amparo, señalando como acto reclamado la remoción de la Guardia Nacional a las fuerzas armadas permanentes, equiparable a una incorporación forzosa a las fuerzas armadas porque cuando pasé asignada a la guardia, pasé separada funcionalmente de mi institución armada de origen”.

Durante abril, Herrera consiguió que se le brindara una suspensión de oficio, la cual señala actos anticonstitucionales.

Foto: Archivo Cuartoscuro

“Cuando tú señalas como un acto reclamado un acto inconstitucional, o sea que va en contra de la Constitución, pues entones es una suspensión provisional, tú la solicitas, hay un desahogo de todo el proceso, pero la suspensión de plano, es cuando los actos son anticonstitucionales, cuando son contrarios a la ley y que implican una conducta ilícita”, explicó.

La ex mayor militar señaló que, en este caso, la sujeción al fuero de guerra cuando tenía carácter civil generó la suspensión.

“No hay nada que lo vuelva, ni el paso del tiempo, ni nada que lo vuelva lícito, entonces el juez dice, no tienes que esperarte a una sentencia de tres meses, un año, dos años, porque es algo que es anticonstitucional y no va a adquirir su licitud con el paso del tiempo”, añadió.

Adriana Herrera sostuvo que tiene la certeza de que el juez que lleva el caso actuará conforme a derecho y sin consigna para que pueda seguir confiando en el Poder Judicial, ante la negativa de la Sedena de atender la suspensión.

Ve la entrevista completa:

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